Basauri hará efectivo el contrato de 20 personas desempleadas en 2025 a través del plan de empleo impulsado por Lanbide en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y cofinanciado por ambas instituciones.
El Ayuntamiento enviará las características de los puestos a cubrir a Lanbide, que realiza una búsqueda entre demandantes inscritos y publicará las ofertas en su web para las inscripciones. Por eso es esencial tener actualizado el curriculum. Las personas que cumplan los requisitos pueden inscribirse directamente en las ofertas publicadas en www.lanbide.euskadi.eus hasta el 5 de febrero.
La convocatoria está dirigida a colectivos de atención prioritaria para desarrollar labores como agentes cívicos y en el pintado de bancos y mobiliario urbano. Concretamente, se contratará a 12 agentes cívicos durante 6 meses con una jornada al 75% y a 8 personas para pintar, 6 meses con una jornada al 75%.
Es imprescindible estar empadronadas en Basauri, Inscrito en Lanbide en situación de desempleo en el momento del envío de la candidatura y el día anterior al inicio del contrato de trabajo y no haber participado en alguno de los proyectos subvencionados en la Convocatoria 2023-2024 «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos de atención prioritaria».
Además se debe estar en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión según los parámetros de Lanbide, es decir, ser titulares o beneficiarias de la RGI y/o IMV; desempleados de larga duración; desempleados de baja cualificación; mujeres víctimas de violencia de género, perceptoras de ayudas específicas o con dificulta¬des para el acceso al mercado laboral; personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%; personas en situación o en riesgo de exclusión social acreditadas por Servicios Sociales; u otras personas en situación de vulnerabilidad consideradas colectivos de atención prioritaria para las políticas de empleo tal y como se definen en el artículo 50 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.